la Carta Orgánica Municipal, en su Capítulo III, Competencia Material, Art. Nº 6 inciso 19, subíndice p, determina como obligatoriedad la “Promoción de acciones destinadas a asegurar la prestación de servicios de seguridad de los habitantes…”
la Carta Orgánica Municipal, en su Capítulo III, Competencia Material, Art. Nº 6 inciso 19, subíndice p, determina como obligatoriedad la “Promoción de acciones destinadas a asegurar la prestación de servicios de seguridad de los habitantes…”